El joven concejal Ariel Pereira presento días atrás un proyecto de resolución por el cual se busca lograr una mayor vinculación entre el concejo deliberan-te y los vecinos. “La queja de siempre es la distancia que existe entre los políticos y la gente, es por ello que este proyecto busca generar una nueva relación”, dijo Pereira.
Fundamentos del proyecto el Concejo Deliberante en los Barrios.
Que es necesario dotar de instrumen-tos legislativos validos para que la ciudadanía toda de forma personal o a través de organizaciones interme-dias, presente sus inquietudes y re-clamos en forma de proyectos, siendo un actor valido y no un mero obser-vador de las acciones de gobierno municipales.
Que, es necesario hacer conocer y difundir a la ciudadanía de las tareas y funciones que realiza el Honorable Concejo Deliberante.
Que, el objetivo del Proyecto es pro-piciar una mayor vinculación y proxi-midad entre los representantes del pueblo de la Ciudad de Goya y los vecinos mediante el cual en las mis-mas sesiones se establecerán trata-miento o resolución a temas específi-cos, que afecten en particular a cada uno de los barrios en los que sesione el Concejo.
Que, en general los vecinos de nues-tra Ciudad desconocen quienes son sus representantes, ni como se en-cuentra conformado este Cuerpo De-liberativo, ni cuales son las funciones y tareas legislativas.
Que continúa existiendo en la actuali-dad un gran distanciamiento entre el quehacer político y los ciudadanos; y es necesario establecer todos los ca-nales posibles de comunicación, par-ticipación y compromiso mutuo.
Que es necesario llevar a un mayor compromiso de los ciudadanos a la cosa pública e incentivar a la partici-pación y vinculación con las Institu-ciones Republicanas.
Que el Honorable Concejo Deliberan-te de de la Ciudad de Goya como Órgano Legislativo local son el pelda-ño democrático y republicano mas cercano de los ciudadanos en donde tenemos la obligación de difundir las funciones y tareas de las Instituciones Republicanas y hacerlas mas cerca-nas a los ciudadanos.
A continuación se hace referencia al articulado del proyecto.
Artículo 1º: Implementar el programa denominado “EL CONCEJO EN LOS BARRIOS” en el ámbito del Honora-ble Concejo Deliberante de la Ciudad de Goya, el que se regirá conforme a las condiciones y características que se detallan en la presente Ordenan-za.
Artículo 2º: Dicho Programa tiene como objetivo general propiciar una mayor vinculación y proximidad entre el cuerpo legislativo y los vecinos, para el tratamiento de temas especí-ficos que afecten en particular a cada uno de los Barrios.
Artículo 3º: Las reuniones serán abiertas y convocadas, preferente-mente, a través de las Comisiones Vecinales, Clubes, Iglesias y Organi-zaciones no Gubernamentales des-arrollándose en algún establecimiento comunitario con amplia capacidad.
Artículo 4º: El Presidente del Concejo Deliberante, será el encargado de convocar a las diferentes agrupacio-nes que funcionen en el barrio y a todos los vecinos en general, para asistir a las reuniones, conforme cro-nograma que se elabore a sus efec-tos.
Artículo 5º: La misma será instrumen-tada mediante la realización de reu-niones en los distintos sectores de la Ciudad de Goya, en los que se invi-tarán a los vecinos del mismo y con-currirán juntos con los señores Con-cejales de este Cuerpo, a realizar una sesión especial.
Artículo 6º: Se llevarán a cabo como mínimo cuatros (4) sesiones al año, estableciéndose en el cronograma a realizar, el orden de zonas a las que se asistirá. La periodicidad de los en-cuentros podrá alterarse conforme a las necesidades que se presenten a lo largo de la instrumentación del programa.
Artículo 7º: El procedimiento se inicia-rá a instancias de vecinos y/o entida-des representativas a través de un Concejal, mediante la presentación por Mesa de Entradas del Honorable Concejo Deliberante de Goya del proyecto, especificando el autor del proyecto.
Artículo 8º: El Concejo Deliberante de la Ciudad de Goya resolverá la cele-bración de una Sesión Especial en los Barrios mediante la aprobación de una Resolución de convocatoria.
Artículo 9º: La Sesión Especial referi-da precedentemente deberá realizar-se dentro de los (30) treinta días co-rridos posteriores a la sanción de la Resolución del H. Cuerpo. El Presi-dente del H. C. D. dispondrá la fe-cha, el horario y el lugar de realiza-ción de la misma.
Artículo 10º: El presidente publicitará la convocatoria con una antelación no menor a diez (10) días corridos res-pecto de la fecha fijada para su reali-zación en, por lo menos,
• El periódico local
• Medios de comunicación radiales
• Comunicación a las entidades in-termedias y establecimientos educati-vos del Barrio.
Artículo 11º: En cuanto al desarrollo de la sesión, serán de aplicación las disposiciones del Reglamento Interno del Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Goya.
Artículo12º: DE FORMA