La Comisión de Salud, Desarrollo Humano y Promoción Social del HCD de Goya dio despacho favorable a un proyecto de ordenanza que regula y reglamenta las actividades que desarrollan las empresas de fumigación y de control de plagas en el ámbito del Municipio de Goya.
Con la presencia de los concejales Mateo Marincovich, Stella Maris Ginocchi y Ludmila Baldi Escobar, la Comisión de Salud, Desarrollo Humano y Promoción Social dio este martes despacho favorable al Expediente N° 2281, proyecto de Ordenanza sobre “Empresas de Fumigación, desinfección y desratización-Regulación y Reglamentación”.
La reunión, que se desarrolló en el Salón de Comisiones del Concejo Deliberante de Goya, contó también con la presencia del Secretario de Desarrollo Humano y Promoción Social, Daniel Ragazzo, el Director de Bromatología y Medio Ambiente, Daniel Florito y el presidente del Consejo Profesional de Médicos Veterinarios, Distrito Goya, Federico Leiva Racciatti. Así como también del Secretario de Comisiones del HCD, Sergio Izquierdo.
En la ocasión, el proyecto finalmente aprobado, fue analizado detalladamente y enriquecido con aportes de los propios concejales, los funcionarios municipales y el presidente de Consejo Profesional de Veterinarios de Goya.
La iniciativa establece que toda empresa privada que desarrolla actividades de control de plagas en el ámbito del Municipio de Goya deberá ajustar su funcionamiento a las normas que fija la presente ordenanza. Se aclara que quedan excluidas de la misma, las tareas de control de plagas en terrenos, edificios, locales, viviendas y vehículos de propiedad, ocupados o en uso, por la Municipalidad de Goya.
REGISTRO DE ACTIVIDADES
Cada empresa dedicada a este rubro deberá contar con un profesional que ejerza la Dirección Técnica de la misma. Y para desarrollar sus servicios (las empresas) deberán cumplimentar la tramitación del Registro de Actividades ante la Dirección de Bromatología e Higiene, dependiente de la Secretaria de Desarrollo Humano y Promoción Social de la Municipalidad de Goya.
Asimismo, las empresas contar con un local en la ciudad de Goya y fijar domicilio legal en el mismo. Y claro está, deberán estar habilitados de acuerdos a las normas vigentes.
El Ejecutivo Municipal, por intermedio de las dependencias que correspondan, registrará, habilitará, autorizará y llevará a cabo la supervisión, control y fiscalización de la actividad de las empresas a que se refiere esta ordenanza.
El proyecto aprobado establece también que el DEM reglamentará la presente ordenanza dentro de un plazo de 20 días de su promulgación. Al tiempo que se fija un plazo de 90 días, a partir de la promulgación de la reglamentación de la Ordenanza, para que las empresas privadas comprendidas en la misma, ajusten su funcionamiento a las disposiciones de la presente.-