ORDENANZA Nº 1.066

PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 01 DE FEBRERO DE 2002


V I S T O:

La Ordenanza Nº 723/96 y el expediente 886/02 del Honorable Concejo Deliberante. Y ; ; ; ; ;

 
C O N S I D E R A N D O:

 Que el artículo 3º de la Ordenanza Nº 723/96 de venta directa de inmuebles Municipales expresa un pedido de 6 meses para la presentación de la solicitud de acogimiento a la misma.

Que luego de los primeros 6 meses se ha venido realizando prórrogas anuales consecutivas a dicha Ordenanza.

Que estas prórrogas se realizaban debido al éxito que tuvo esta decisión de facilitar la adquisición de su propio terreno a los vecinos que los habitan.

Que resulta necesario darle a la mencionada norma una continuidad en el tiempo.

Por ello.

 

 LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO

 

O R D E N A:

 

ARTICULO 1º: DEROGASE en todos sus términos el artículo 3º, de la Ordenanza Nº 723/96.

 

ARTICULO 2º: COMUNIQUESE al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, dése al R.H.C.D.,sáquese copia para quien corresponda y oportunamente ARCHIVESE.

 

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los treinta días del mes de Enero de dos mil dos.-

                Srta. Mirta Beatríz González                                     Dra. Maria Eugenia Ballará
                           ProSecretaria                                                                Presidente

 

 

Copyright © 2008 - 2024 | Honorable Concejo Deliberante. Diseño: IN-CO-NE - Goya (Ctes.)