ORDENANZA Nº 1.126

PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 03 DE ENERO DE 2003


V I S T O:

Lo dispuesto por el Artículo 10º, último párrafo, de la  Ordenanza Nº 1.101, texto ordenado. Y; ; ; ;

 

C O N S I D E R A N D O:

 Que el mismo establece la posibilidad que tiene el Personal Municipal para cancelar o compensar deudas vencidas por tasas e impuestos municipales con los saldos certificados de sus acreencias por sueldos que les adeuda el Municipio al 31 de Agosto de 2.002.
Que esta posibilidad no contempla explícitamente a los nuevos vncimientos que se produzcan por tributos que correspondan al ejercicio fiscal 2.003.
Que la situación financiera de la Municipalidad no ha permitido cancelar los saldos certificados al 31 de Agosto de 2.003, salvo por el sistema de compensación, el que no fue utilizado por la mayoría del personal en condiciones de hacerlo.
Que se debe dar esa posibilidad por los vencimientos que se operen a partir del inicio del ejercicio fiscal 2.003.
Que sería posible ampliar el uso de la compensación para cancelar deudas que posee el Personal Municipal con la Caja Municipal de Préstamos por créditos recibidos con anterioridad al 31 de Agosto de 2.002.
Por ello.

 

LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO

 O R D E N A:

 

ARTICULO 1º: INCORPORAR al final del artículo 10º de la Ordenanza Nº 1.101, texto ordenado, el siguiente párrafo: “también podrán compensarse los importes que correspondan a vencimientos del ejercicio fiscal 2.003, inclusive en forma adelantada, y las deudas con la Caja Municipal de Préstamos por créditos otorgados con anterioridad al 31 de Agosto de 2.002”.

 

ARTICULO 5º: COMUNIQUESE al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, dése al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente ARCHIVESE.-

 

 

Dado en el Salón de Sesiones del H. Concejo Deliberante a los once días del mes de Diciembre de dos mil dos.

 
                   Dr. Gerardo Luis Urquijo                                 Dr. Hugo Adrian Vilas
                            Secretario                                                          Presidente

 

 

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