ORDENANZA N° 1.168

PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 10 DE SEPTIEMBRE DE 2003


V I S T O:

El expediente N° 1.078/03 que contiene el Proyecto de Ordenanza de Aprobación de Gastos y Cálculo de Recursos correspondiente al ejercicio 2.003 elevado por el Departamento Ejecutivo Municipal. Y; ; ; ;

 

C O N S I D E R A N D O:

 Que el artículo 78, inciso 17° de la Carta Orgánica Municipal establece la obligatoriedad del que el Intendente presente antes del 30 de octubre de cada año el Proyecto de Presupuesto Anual Municipal para el ejercicio siguiente y el Proyecto de Ordenanza General Impositiva y Tarifaria.

Que similar disposición establece el artículo 151 de la Carta Orgánica Municipal.

Que el artículo 149° y a su vez establece la obligatoriedad de que el Departamento Ejecutivo Municipal remita conjuntamente con el Proyecto de Ordenanza de Presupuesto, el Plan de Obras y Adquisición de Bienes de Capital.

Que el Departamento Ejecutivo Municipal presentó solamente el Proyecto de Presupuesto y no las otras documentaciones, el que ingresó al Honorable Concejo Deliberante el 25 de Junio de 2.003.

Que a pesar de ello, es necesario tratar el Proyecto de Presupuesto dada la importancia institucional de este documento que establece las autorizaciones para gastar a que debe ceñirse el Departamento Ejecutivo Municipal así las políticas de aplicación de los recursos que la Municipalidad establece para el Ejercicio Fiscal.

Que el mismo ha sido confeccionado tomando como base, salvo algunos casos puntuales, las partidas efectivamente ejecutadas hasta el 31 de octubre de 2.002, anualizadas y proyectadas al año siguiente con un índice de corrección del 2 % mensual.

Que esta base de cálculo, dada las circunstancias y contexto en que se desarrolla la actividad del Municipio, pueden considerarse razonables.

Que se han tenido en cuenta las observaciones y propuestas efectuadas por el Asesor Contable del Cuerpo los que han provocado que el Presupuesto equilibrado presentado por el Departamento Ejecutivo Municipal origine un Superávit.

Que el Pro.De.Go. se encuentra en pleno proceso de reorganización por lo que las cifras presupuestarias son provisorias.

Que se considera razonable y oportuno que el Superávit proyectado se apliquen, prioritariamente, a la cancelación de deudas incluidas en los Residuos Pasivos al 31 de diciembre de 2.002, priorizando las correspondientes a la de los empleados municipales y que, además, pueda absorber un eventual incremento de las partidas del Pro.De.Go.

Que es facultad del Honorable Concejo Deliberante aprobar el Presupuesto de Gastos y Cálculos de Recursos de la Municipalidad de Goya.
Por todo ello.

 

 

LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO

 O R D E N A:

 

ARTICULO 1°: APROBAR el Presupuesto de Gastos que asciende a la suma de $ 7.947.377,68 (pesos siete millones novecientos cuarenta y siete mil trescientos y siete con 68 centavos) y el Cálculo de Recursos que asciende a la suma de $ 8.109.204, 52 (pesos ocho millones ciento nueve mil doscientos cuatro con 52 centavos) y el Superávit de $ 161.826,84 (pesos ciento sesenta y un mil ochocientos veinteséis con 84 centavos), correspondiente al ejercicio 2.003, enviado por el Departamento Ejecutivo Municipal, adecuado a las propuestas efectuada por el Asesor Contable del Honorable Concejo Deliberante y las incorporaciones dispuestas en segunda lectura, cuyas planillas descriptivas forman parte de la presente como Anexo I.-

 

ARTICULO 2°: EL Departamento Ejecutivo Municipal, en el plazo de cinco días de promulgada la presente, elevará al Honorable Concejo Deliberante  el Plan de Obras y adquisición de Bienes de Capital del año 2.003 pendiente.

 

ARTICULO 3°: EL Departamento Ejecutivo Municipal utilizará el Superávit proyectado en la cancelación de las deudas incluidas en los Residuos Pasivos al 31 de diciembre de 2.002, priorizando las correspondiente a sueldos del personal Municipal, así como a cubrir las previsiones de incrementos de partidas del Pro.De.Go. que eventualmente surjan a propuestas de su Administrador, previa aprobación de la Ordenanza correspondiente.-

 

ARTICULO 4°: COMUNIQUESE al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, dése al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente ARCHÍVESE.-

 

Dado en el Salón de Sesiones del H. Concejo Deliberante a los trece días del mes de Agosto de dos mil tres, aprobada en su primera lectura de acuerdo al Artículo 66 de la Carta Orgánica Municipal.-

 

                     Dr. GERARDO LUIS URQUIJO                                Dr. HUGO ADRIAN VILAS   
                                  Secretario                                                                    Presidente

 

  

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