ORDENANZA N° 1.320

PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 23 DE AGOSTO DE 2006


V I S T O:

 El expediente N° 1.344/06 del Honorable Concejo Deliberante que contiene el Proyecto de Ordenanza “AUTORIZANDO AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL APARTICIPAR DE LA ASOCIACION CIVIL AGENCIA DE DESARROLLO PRODUCTIVO “RIO SANTA LUCIA”, elevado por el Departamento Ejecutivo Municipal. Y; ; ;

 

C O N S I D E R A N D O:

 Que por Resolución N° 1.698 el Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Goya declaró de Interés Municipal la creación de la Agencia de Desarrollo Productivo del Departamento de Goya como espacio institucional de concertación pública y privada que impulse el desarrollo de la región del fortalecimiento de la productividad y competitividad de las empresas mediante la prestación de servicios y la gestión política de crecimiento con equidad social y sustentabilidad ambiental.
Que por Ordenanza N° 1.303 promulgada por Resolución N° 2.370 de fecha 25/04/06 se aprobó el Convenio por el cual se constituyó la “Micro Región Río Santa Lucía” con participación de los Municipios, entes gubernamentales, ONGs y entidades productivas de los departamentos de Goya y Lavalle, el que establece como uno de sus objetivos la creación de una Agencia de Desarrollo Productivo de alcance regional..
Que el Consejo de Coordinación Ejecutiva del Plan Estratégico Participativo estableció como prioritaria la constitución de una Agencia de Desarrollo Productivo.
Que las entidades representativas del sector productivo y municipios de los departamentos de Goya y Lavalle han consensuado un proyecto de estatuto para conformar la “Asociación Civil Agencia de Desarrollo Productivo Río Santa Lucía”, según las experiencias de otros municipios y el asesoramiento de la Inspección General de Personas Jurídicas de la provincia de Corrientes.
Que conforme a las atribuciones de este Concejo establecidas en la Carta Orgánica Municipal –las que resultan absolutamente indelegables, se autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a participar de la mencionada asociación; con las limitaciones y reservas de las facultades conferidas a este Cuerpo Legislativo.

 Por todo ello.

 

 

LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO

 O R D E N A:

 

 

ARTICULO 1°: AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo Municipal a participar de la ASOCIACION CIVIL AGENCIA DE DESARROLLO PRODUCTIVO “RIO SANTA LUCIA”, conformada por los representantes de los Municipios y entidades de sector productivo de los departamento de Goya y Lavalle, de acuerdo a lo que establece el proyecto de estatuto que como Anexo, forma parte de la presente; no delegándose ninguna de las facultades y atribuciones que por Carta Orgánica Municipal con conferidas y corresponden exclusivamente a este Concejo, debiendo requerirse previamente la autorización para los actos de competencia de éste Cuerpo.-

 

ARTICULO 2°: EL Departamento Ejecutivo Municipal designará dos (2) representantes del Municipio a fin de cumplir las funciones que se le asignen de acuerdo a lo que establece el estatuto de la Asociación Civil mencionada en el artículo anterior estando facultados, además, a asumir las responsabilidades que dicho estatuto prevé para los representantes del sector público. Esta facultad se extiende con la aceptación de las modificaciones al estatuto que la Inspección General de Personas Jurídicas proponga para otorgar la Personería a la mencionada Asociación Civil.-

ARTICULO 2º: COMUNIQUESE al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, dése al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente ARCHÍVESE.-

 

 

Dado en el Salón de Sesiones del H. Concejo Deliberante a los nueve días del mes agosto de dos mil seis.-

 

                             Dr. GERARDO LUIS URQUIJO                            MARIA ISABEL N.DE CASSANI
                                        Secretario                                                                     Presidente  

 

 

 

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