ORDENANZA N° 1.351

PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 04 DE ENERO DE 2007


V I S T O:

La nota firmada por numerosos vecinos de la calle Belgrano entre Pujol y Avda. Madariaga. Y; ; ;

 

 C O N S I D E R A N D O:

 Que en la nota mencionada, de fecha 13 de noviembre de 2006, manifiestan su pedido de suspensión de la Ordenanza N° 1.318 del Honorable Concejo Deliberante.

Que la Ordenanza en cuestión establece la circulación vehicular en mano única en dicho tramo.

Que al respecto, los vecinos expresan que dicha situación ocasiona un “perjuicio irreparable”, ya que en días de intensas lluvias deben salir por calles de tierras, de marcado anegamiento.

Que la medida solicita tiene carácter de provisoria, puesto que el Municipio estaría próximo a asfaltar calles de tierra adyacentes.

Que la circulación en doble mano en esa zona no gravitará de manera negativa para el resto de la población.

 Que es facultad de éste Cuerpo por artículo 38 de la Carta Orgánica Municipal, legislar en la materia.

Que por razones expuestas, es posible dar una respuesta positiva a la preocupación manifiesta de los vecinos.

 Por todo ello.

 

 LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO

 O R D E N A:

 

 ARTICULO 1º: SUSPENDER por el plazo de 180 días la vigencia de la Ordenanza N° 1.318.-

 

ARTICULO 2º: COMUNIQUESE al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, dése al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente ARCHÍVESE.-

 

Dado en el Salón de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veinte días del mes diciembre de dos mil seis.-


                          Dr. GERARDO LUIS URQUIJO                         MARIA ISABEL N.DE CASSANI
                                        Secretario                                                                 Presidente 


Copyright © 2008 - 2024 | Honorable Concejo Deliberante. Diseño: IN-CO-NE - Goya (Ctes.)