ORDENANZA N° 1.385

PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 17 DE AGOSTO DE 2007


V I S T O:

Atento a la necesidad de establecer “Nueva Escala Tarifaria para el Servicio de Remisses”. y nota presentada por propietarios de Agencia de Remisses. Y; ; ;

 

 C O N S I D E R A N D O:

 Que tanto los titulares de las Agencias como los propietarios de Remisses han manifestado la necesidad de una actuación de las tarifas de dichos servicios, debido a la desaparición de la estabilidad monetaria y al fuerte y constante incremento de los costos operativos.
Que dicha situación es fácilmente verificable por el aumento de los precios todos y cada uno de los ítems que compone la tarifa.
Que los solicitantes han presentado sus análisis del que se deduce el valor de las tarifas actuales han quedado desactualizados en relación a los costos operativos, impidiendo la posibilidad de una retribución acorde con el esfuerzo realizado y de la reposición de las unidades utilizadas.
Que el análisis cronológico de los valores evidencia la notable distorsión existente entre el incremento de los costos y los ingresos.
Que el artículo 29 de la Ordenanza N° 887/97 establece que las tarifas de taxis y remisses serán determinadas por Ordenanza.
Que atento a los antecedentes que obran en este Honorable Concejo Deliberante con fecha 27/05/02 se ha sancionado la Ordenanza N° 1.083/02 promulgada por Resolución N° 1.587/02 y Ordenanza N° 1.252 de fecha01/06/05.
Por todo ello.

 

LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD GOYA, REUNIDA EN CONCEJO

O R D E N A:

 

 

ARTICULO 1º:ESTABLECER la Nueva Escala Tarifaria por la que se regirán los servicios de Remisses en el Departamento de Goya, conforme se detalla en el Anexo I de la Ordenanza 1.252 incrementada en un 25 % con excepción de la tarifa mínima la que será de $ 3 hasta los 1.600 metros.

 

ARTICULO 2°:COMUNIQUESE al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, dése al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente ARCHÍVESE.-

 

Dado en el Salón de Sesiones del H. Concejo Deliberante a los quince días del mes de agosto de dos mil siete.-


                        Dr. GERARDO LUIS URQUIJO                       MARIA ISABEL N.DE CASSANI
                                    Secretario                                                                 Presidente  

 

  

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