ORDENANZA Nº 316

PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 07 DE SEPTIEMBRE DE 1988
Visto:

Las solicitudes de arrendamiento de lotes de terrenos ubicados en Isla de dominio Municipal formulada por los ciudadanos Miguel Angel Miño domiciliado en Chile Nº 58; Antonio Or­lando Enriquez, domiciliado en Madariaga Nº 555; Roberto Azuaga domiciliado en la Isla Mu­nicipal, y;


Considerando:

Que según lo informado por la Oficina Técnica, los lotes solicitados se encuentran libres de ocupantes.
Que no existen en consecuencia impedimentos legales, siendo esto conveniente a los interese Municipales, es aconsejable hacer lugar a lo peticionado.
Por todo ello y en virtud de las disposiciones contenidas en el artículo 51 de la Ley 2498 y Có­digo Tributario y Parte
Tarifaria vigente:


LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO

ORDENA:

Art. 1 - Otorgar en arrendamiento al Señor Miguel Miño un lote de terreno de una hectárea ubicado en Isla Municipal, lindando al Norte: tierra Municipal, al Sur: Arroyo sin nombre; al Este: Riacho Goya y al Oeste laguna y mas Islas, para la explotación de huerta y cría de ani­males de corral.

Art. 2 - Otorgar al Señor Antonio Orlando Enriquez un lote de terreno de cuatro hectáreas ubi­cado en Isla Municipal, lindando al Norte: Arroyo San Martín; al Sur: Isla Municipal; al Este: Riacho Goya y al Oeste: Río Paraná e Isla Municipal, para la instalación de una fábrica de la­drillos.

Art. 3 - Otorgar en arrendamiento al Señor Roberto Azuaga un lote de terreno de una hectárea ubicado en Isla Municipal, lindando al Norte: Sosa (permisionario); al Sur: Miño (arrendata­rio); al Este: Riacho y actual vivienda y al Oeste: Isla y Laguna Municipal, para la instalación de una fábrica de ladrillos.

Art. 4 - El plazo del arrendamiento será de tres (3) años.

Art. 5 - Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir el contrato de arrenda­miento respectivo en la forma y condiciones establecidas en el Código Tributario vigente.

Art. 6 - Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, dése al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente archívese.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a los 6 días del mes de sep­tiembre de mil novecientos ochenta y ocho.

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