PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 14 DE MAYO DE 1997
Visto:
El Expediente Nº 537/97 del Honorable Concejo Deliberante que contiene el Proyecto de Ordenanza sobre regularización situación Terrenos Municipales (adjudicando en venta a la Sra. Dominga Feliciana Pérez); y,
Considerando:
El Expediente Nº "P/417/96" por el cual la Señora Dominga Feliciana Pérez, solicita la compra del terreno donde se halla viviendo.
Que el inmueble solicitado se halla debidamente inscripto a nombre de la Municipalidad de Goya.
Que el solicitante se halla viviendo e introdujo mejoras en el respectivo inmueble (lote).
Que se halla dentro de las condiciones establecidas dentro de la Ordenanza Municipal Nº 723/96.
Que de acuerdo a lo dictaminado por Asesoría Letrada no existe impedimento para lo solicitado.
Por todo ello, y en virtud a las disposiciones contenidas en la Carta Orgánica Municipal vigente:
LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO
ORDENA:
Art. 1 - Adjudicar en venta a la Sra. Dominga Feliciana Pérez D.N.I. Nº 23.230.481, casada, domiciliada en calle Santiago Derqui Nº 838 de esta Ciudad; el Lote Nº 17 de la Manzana Nº 16, constante de 10,00 mts. de frente e igual contrafrente por 28,00 mts. de fondo e igual contrafondo; lindando al Norte Lote Nº 5, al Sur cortada Santiago Derqui; al Este Lote Nº 18 y al Oeste Lote Nº 16. Con una superficie total de 279,60 mts.2; de acuerdo al Duplicado de Mensura Nº 3.045-N. Inscripto (dentro de una mayor extensión) en el Registro de la Propiedad Inmueble Corrientes. En el Libro Diario Nº 13.390, Matrícula Nº 8.983, Departamento de Goya en fecha 08/12/94. En la Dirección General de Catastro Corrientes, bajo Adrema I1-11.325-1; y en Catastro Municipal Tº 49 Fº 20.751, Año 1.985.
Art. 2 - El precio de venta y condiciones de pago deberá ajustarse a lo establecido en el artículo 5 de la Ordenanza Municipal Nº 723/96.
Art. 3 - La Municipalidad de Goya no responderá por evicción ni vicios redibitorios.
Art. 4 - Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir el Contrato de Venta en la forma y condiciones establecidas en la presente Ordenanza, como así también agregar todo lo que sea en resguardo de los intereses Municipales.
Art. 5 - Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a firmar la pertinente escritura traslativa de dominio, una vez abonado el total del precio establecido.
Art. 6 - Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, dése al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente archívese.
Dado en el Salón de Sesiones, a los 14 días del mes de mayo de mil novecientos noventa y siete.