ORDENANZA Nº 816

PROMULGADA POR  EL D.E.M DE FECHA 14 DE MAYO DE 1997


Visto:

El Expediente Nº 537/97 del Honorable Concejo Deliberante que contiene el Proyecto de Ordenanza sobre regularización situación Terrenos Municipales (adjudicando en venta a la Sra. Dominga Feliciana Pérez); y,


Considerando:

El Expediente Nº "P/417/96" por el cual la Señora Dominga Feliciana Pérez, solicita la compra del terreno donde se halla viviendo.

Que el inmueble solicitado se halla debidamente inscripto a nombre de la Municipalidad de Goya.

Que el solicitante se halla viviendo e introdujo mejoras en el respectivo inmueble (lote).

Que se halla dentro de las condiciones establecidas dentro de la Ordenanza Municipal Nº 723/96.

Que de acuerdo a lo dictaminado por Asesoría Letrada no existe impedimento para lo solicitado.

Por todo ello, y en virtud a las disposiciones contenidas en la Carta Orgánica Municipal vigente:


                                    LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO

ORDENA:

Art. 1 - Adjudicar en venta a la Sra. Dominga Feliciana Pérez D.N.I. Nº 23.230.481, casada, domiciliada en calle Santiago Derqui Nº 838 de esta Ciudad; el Lote Nº 17 de la Manzana Nº 16, constante de 10,00 mts. de frente e igual contrafrente por 28,00 mts. de fondo e igual contrafondo; lindando al Norte Lote Nº 5, al Sur cortada Santiago Derqui; al Este Lote Nº 18 y al Oeste Lote Nº 16. Con una superficie total de 279,60 mts.2; de acuerdo al Duplicado de Mensura Nº 3.045-N. Inscripto (dentro de una mayor extensión) en el Registro de la Propiedad Inmueble Corrientes. En el Libro Diario Nº 13.390, Matrícula Nº 8.983, Departamento de Goya en fecha 08/12/94. En la Dirección General de Catastro Corrientes, bajo Adrema I1-11.325-1; y en Catastro Municipal Tº 49 Fº 20.751, Año 1.985.

Art. 2 - El precio de venta y condiciones de pago deberá ajustarse a lo establecido en el artículo 5 de la Ordenanza Municipal Nº 723/96.

Art. 3 - La Municipalidad de Goya no responderá por evicción ni vicios redibitorios.

Art. 4 - Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir el Contrato de Venta en la forma y condiciones establecidas en la presente Ordenanza, como así también agregar todo lo que sea en resguardo de los intereses Municipales.

Art. 5 - Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a firmar la pertinente escritura traslativa de dominio, una vez abonado el total del precio establecido.

Art. 6 - Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, dése al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente archívese.

Dado en el Salón de Sesiones, a los 14 días del mes de mayo de mil novecientos noventa y siete.

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