PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 11 DE JUNIO DE 1997
Visto:
El Expediente Nº 333/95 del Honorable Concejo Deliberante que contiene el Proyecto de Ordenanza sobre Construcción de un Refugio o Garita sobre Ruta Nacional Nº 12; y,
Considerando:
Que es necesario proporcionar refugio a los habitantes del paraje San martín de la 4ta. Sección de nuestra ciudad, zona que se encuentra densamente poblada, desde donde numerosos vecinos viajan permanentemente a la Ciudad de Goya a fin de abastecerse de mercaderías o elementos, como así también atender trámites personales.
Que asimismo un número creciente de alumnos se movilizan hacia escuelas de nuestra ciudad y de la propia zona rural.
Que dicho lugar se encuentra el acceso a la Escuela Provincial Nº 679, lugar de gran afluencia de personas dado que se utiliza la misma como centro de reuniones comunitarias y de realización de comicios electorales.
Que la ausencia de refugios obliga además a docentes y alumnos a permanecer esperando mucho tiempo bajo la lluvia o soles intensos.
Que dicho refugio se encontraría en jurisdicción de la Dirección Nacional de Vialidad, razón por la cual el Municipalidad de Goya solo puede iniciar las gestiones pertinentes ante este organismo para la concreción de la obra.
Por todo ello:
LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO
ORDENA:
Art. 1 - Encomendar al Departamento Ejecutivo Municipal efectúe las gestiones pertinentes ante la Dirección Nacional de Vialidad que posibilite la construcción de un refugio o garita para pasajeros en la margen izquierda de la Ruta Nacional Nº 12, en la Cuarta Sección del Paraje "San Martín", entre los kilómetros 742 y 743, acceso a la Escuela Provincial Nº 679.
Art. 2 - Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, dése al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente archívese.
Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a los 11 días del mes de junio de mil novecientos noventa y siete.