ORDENANZA Nº 101

ORDENANZA Nº 101

Visto:

Lo dispuesto por el artículo 93 del Código Tributario modificado por Ordenanza Nº 24/84; y;

Considerando:

Que en el mencionado artículo se establece como fecha de vencimiento para el pago de la primera cuota el día 10 de abril para el de la segunda de 10 de mayo.

Que se hace necesario modificar la primera para regularizar los pagos correspondientes a Retribución de Servicios y Alumbrado Público; los que de conformidad a la norma citada deben ser hechos bimestralmente.

Que, por consiguiente, debe establecerse como fecha de vencimiento del primer bimestre el día 10 de marzo, manteniéndose las fijadas para los restantes bimestres.

Por todo ello.

LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO

ORDENA:

Art. 1 - Modificar parcialmente el artículo 93 del Código Tributario fijando el 10 de marzo como fecha de vencimiento de la primera cuota correspondiente al pago de Retribución de Servicios y Alumbrado Público.

Art. 2 - Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, publíquese, dése al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente archívese.

 

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a los 16 días del mes de enero de mil novecientos ochenta y cinco.

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