ORDENANZA Nº 1.543

PROMULGADA POR EL D.E.M. DE FECHA 17 de Mayo de 2011

 

V I S T O:

El Expediente Nº 1.762/11 del Honorable Concejo Deliberante que contiene Nota de la “Fundación AYUDAR – Centro de Rehabilitación en Adicciones VOLVER”. Y; ;

 

C O N S I D E R A N D O

 

Que en la mencionada, dicha institución solicita se gestione los recursos económicos necesarios para cubrir los costos operativos de su funcionamiento.

 

 Que dicha institución, que tiene Personería Jurídica Nº 0012; se dedica al tratamiento y rehabilitación de personas con trastornos de alimentación (bulimia y anorexia), alcoholismo y drogadicción, trastornos de conducta, ludopatía, violencia, y abusos; mediante tratamientos en la modalidad de Hospital de Día.

 

Que para su funcionamiento, cuenta con la asistencia de un psiquiatra, dos psicólogas, un cardiólogo, una nutricionista y dos terapeutas. Además de talleristas que brindan talleres de pintura, danza y artística (teatro); todos ellos remunerados.

 

Que en la nota, solicitan una colaboración de $ 5.000 mensuales para solventar el costo fijo de los profesionales a cargo de la terapia.

 

Que para mayor apreciación, la Comisión actuante organizó una reunión ampliada con miembros de dicha entidad.

 

Que una vez evacuadas todas las inquietudes y por la amplia información que fuera proporcionada; la Comisión de Economía y Finanzas del Honorable Concejo Deliberante entiende que es altamente aconsejable otorgar una ayuda económica a quienes se encuentran al frente de tan digno emprendimiento.

 

Por todo ello.

 

 

LA MUNICIPALIDAD DE  LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO

 

 

O R D E N A:

 

 

 

ARTÍCULO 1º: OTORGAR a la “Fundación AYUDAR – Centro de Rehabilitación en Adicciones VOLVER” de la ciudad de Goya  un Subsidio Mensual de $ 1.200 (mil doscientos pesos), durante doce meses, a partir de la promulgación de la presente. Monto que será imputado al Presupuesto de la Secretaría de Desarrollo Humano y Promoción Social de la Municipalidad de Goya.-

 

ARTICULO 2º: LA INSTITUCION receptora deberá presentar rendición de cuenta en forma trimestral ante la Secretaría de Salud, Desarrollo Humano y Promoción Social.-

 

ARTÍCULO 3º: COMUNIQUESE al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento, dese al R.H.C.D., regístrese, publíquese, sáquese copia para quien corresponda y oportunamente ARCHIVESE.-

 

                                               

Dado en el Salón de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los once días del mes de mayo de dos mil once.-

 

Cuadro de texto:

Cuadro de texto: Prof. GERARDO HORACIO BASSI
Presidente


Cuadro de texto: Dr. GERARDO LUIS URQUIJO
Secretario

                

n.r.

 

 

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