ORDENANZA Nº 1.569

PROMULGADA POR EL D.E.M. DE FECHA 31 de Octubre de 2011

 

V I S T O:

La nota y reuniones mantenidas con miembros del Tribunal de Cuentas de la Municipalidad de Goya. Y; ;

 

 

 

                                    

C O N S I D E R A N D O:

                    

 

Qué por Nota Nº 25 de fecha 12 de agosto de 2011, los miembros del Tribunal de Cuentas de la Municipalidad de Goya sugieren la modificación del artículo 23º de la Ordenanza Nº 765/96, donde en su inciso a) establece dentro de las atribuciones y deberes de la CO.MU.PE.: “Presentar para su aprobación al Departamento Ejecutivo Municipal, antes del 30 de noviembre de cada año, el proyecto de presupuesto, con el cálculo estimativa para la Fiesta Nacional del Surubí”.

 

Qué como lo dispone el artículo 193º de nuestra Carta Orgánica Municipal, el presupuesto de la CO.MU.PE. debe ser incluido en el Proyecto de Ordenanza de Presupuesto General de la Municipalidad y éste debe ser enviado al Honorable Concejo Deliberante, por el Departamento Ejecutivo Municipal “… hasta el 30 de octubre de cada año…” (artículo 181º Carta Orgánica Municipal).

 

Qué es necesario adecuar el articulo cuya modificación se sugiere, de modo de asegurar la efectiva incorporación del Presupuesto de la CO.MU.PE., al proyecto de Ordenanza de Presupuesto General de la Municipalidad.

 

Que también por Nota Nº 26 de fecha 26 de agosto de 2011, los miembros del Tribunal de Cuentas de la Municipalidad de Goya sugieren la modificación del artículo 22º de la Ordenanza Nº 765/96 que dispone en su último párrafo que: …“Una vez impresa la memoria y balance, se remitirá de inmediato un ejemplar al Intendente Municipal, al Director de Turismo Municipal; al Honorable Concejo Deliberante; reservando para archivo de la Comisión los ejemplares que se consideren necesarios”.

 

Qué al momento de sancionarse esa Ordenanza, el Tribunal de Cuentas no se hallaba creado, por lo que sería necesario incorporarlo a la norma y que la memoria y el balance de la CO.MU.PE, también sean remitidos a este Organismo.

 

 

LA MUNICIPALIDAD DE  LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO

 

 

O R D E N A:

 

 

 

ARTÍCULO 1º: Modificar el último párrafo del artículo 22º de la Ordenanza Nº 765/96, el que quedará redactado de la siguiente manera: Una vez impresa la memoria y balance, se remitirá de inmediato un ejemplar al Intendente Municipal, al Director de Turismo Municipal; al Honorable Concejo Deliberante; al Tribunal de Cuentas de la Municipalidad de Goya, reservando para archivo de la Comisión los ejemplares que se consideren necesarios”.-

 

ARTICULO 2º: Modificar el inciso a) del artículo 23º de la Ordenanza Nº 765/96, el que quedará redactado de la siguiente manera: Presentar para su aprobación al D.E.M., antes del 30 de Octubre de cada año, el proyecto de presupuesto, con el cálculo estimativo para la Fiesta Nacional del Surubí”.-

 

ARTICULO 3º: COMUNIQUESE al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento, dese al R.H.C.D., regístrese, publíquese, sáquese copia para quien corresponda y oportunamente ARCHIVESE.-

                                               

 

Dado en el Salón de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintiséis días del mes de Octubre de dos mil once.-

 

Dr. Gerardo Luis  Urquijo
         Secretario

Mabel S. Barrile de Martínez
Vice Presidente 1º        
a/c Presidencia          

 

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