RESOLUCION N° 2.531

V I S T O:
El expediente N° 2.198/14 que contiene el Proyecto de Resolución sobre “Solicitud al Departamento Ejecutivo Municipal para que gestione aumento de CUPO GARRAFAS SOCIALES”. Y ; ;
CONSIDERANDO:

La necesidad que el Departamento Ejecutivo Municipal arbitre las medidas necesarias con las autoridades Nacionales que corresponden   para aumentar  el cupo de garrafas sociales ante la gran demanda de la ciudadanía Goyana.

Que las garrafas sociales se encuentran actualmente reguladas por la ley Nº 26.020  la cual establece  el Régimen Regulatorio de la Industria y Comercialización de Gas Licuado y Petróleo, cuyo objeto es asegurar el suministro regular, confiable y económico de gas licuado de petróleo a sectores sociales residenciales de escasos recursos, que no cuenten con servicio de gas natural en red.

Que actualmente el cupo de las garrafas sociales   en el país, es limitado y atendiendo a la  difícil situación  de las  personas  que deben acudir a tempranas horas de la mañana y de la siesta realizando largas colas y produciendo un malestar inevitable  a los consumidores ya que no tienen la certeza de obtener el beneficio de adquirir una garrafa social; en algunos casos teniendo que asistir varios días consecutivos y a veces teniendo que retirarse sin haber obtenido dicha garrafa.

Que atento al consumo de gas licuado de petróleo, envasado en garrafas de 10, 12 y 15 kg. de capacidad, es una fuente de energía utilizada por los sectores de menores recursos para sus necesidades básicas y diarias.

Que teniendo en cuenta que la Ley Nº 26.020 sostiene que la Secretaria de Energía es la encargada de realizar la aplicación de dicha norma y sobre todas las cosas garantizar el abastecimiento de mercado interno de Gas Licuado de Petróleo.

Por ello.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE GOYA


R E S U E L V E:


ARTICULO 1º: SOLICITAR a la Secretaría de Energía de la Nación asegurar el suministro de Garrafas Sociales para la ciudad de Goya.-

ARTICULO 2º: RECOMENDAR al Departamento Ejecutivo Municipal el acompañamiento a la presente Resolución.-

ARTICULO 3°: NOTIFIQUESE, regístrese, publíquese, sáquese copia para quien corresponda y oportunamente ARCHIVESE.-

 

Dr. Gerardo Luís Urquijo
Secretario
        

 

Dr. Darío Abelardo Zapata
PRESIDENTE


n.r.
 

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