RESOLUCION N° 4.392

Goya, (Ctes), 10 de julio de 2024

 

V I S T O: 

La ley Nacional 27.674 Oncopediátrica y Ley Provincial  6.638  Programa de Protección Integral al niño con cáncer y el comunicado recientemente emitido por la Fundación Oncoinfantojuvenil de Goya. Y; ; 

 

CONSIDERANDO:

Que la legislación nacional y provincial vigente en materia de protección integral de pacientes oncopediátricos establece obligaciones ineludibles a todos los niveles de Estado respecto a la provisión de todo lo necesario en un tratamiento oncológico. . 

Que esta protección para que sea efectiva debe darse en tiempo y forma, evitando dilaciones que tienen impacto en el tratamiento y calidad de vida del paciente y su familia,

Que es sumamente valorable e imprescindible el rol de la sociedad civil organizada, en particular, la tarea invaluable de la Fundación Oncoinfantojuvenil de nuestra ciudad en el apoyo y colaboración con los pacientes oncopediátricos y sus familias, pero que de ninguna manera puede ni debe reemplazar la función del estado, OBLIGADO por Ley al cumplimiento de lo antes mencionado.

Que conociendo en profundidad y de primera mano lo que atraviesan las familias de Goya, la Fundación antes mencionada ha emitido recientemente un comunicado que se adjunta, frente a las demoras en la entrega de medicación y alimentos por parte del Estado provincial.

Que como representantes de la comunidad y atendiendo a que esta problemática nos debe encontrar siempre trabajando unidos y dando prioridad a encontrar soluciones y exigir que todas las instancias cumplan la legislación vigente en materia de protección integral de pacientes oncopediátricos,

 

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE GOYA

R E S U E L V E:

 

ARTICULO 1º: EXPRESAR la profunda preocupación de este Cuerpo, adhiriendo a los términos expresados en el Comunicado de la Fundación Oncoinfanto Juvenil de Goya ante las demoras por parte del Ministerio de Salud de la Provincia en la entrega de medicación y  alimentos a pacientes oncopediátricos en tratamiento en la Ciudad de Buenos Aires.

///Corresponde a la Resolución Nº 4.392

 

ARTICULO 2º: SOLICITAR a las áreas pertinentes en todos los niveles del Estado, nacional, provincial y municipal el cumplimiento irrestricto y prioritario de las leyes nacionales y provincial vigente en materia de protección de niños niñas y adolescentes en tratamiento oncológico, en especial lo referente a cobertura en tiempo y forma de pasajes, medicación y alimentos.

ARTICULO 3º: REMITIR copia de la presente a la área de salud de la Provincia de Corrientes.

ARTICULO 4°: NOTIFIQUESE, regístrese, publíquese, sáquese copia para quien corresponda y oportunamente ARCHIVESE.

n.r.

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