ORDENANZA Nº 340

PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 01 DE MARZO DE 1989
Visto:      

La Nota presentada por el Centro Social y Deportivo "Juventud Unida" y el informe del señor Presidente de la Comisión Municipal Permanente de Pesca referente al destino del tinglado de propiedad de la Comuna, emplazado en el predio contiguo a la Subprefectura Naval de Goya; y,


Considerando:

Que dicha Institución y la referida Comisión Municipal Permanente de Pesca proponen un convenio por el cual el municipio cede al Centro Social y Deportivo "Juventud Unida" dicho tinglado para ampliar el gimnasio cubierto existente en su sede social, lográndose con ello un área cubierta de aproximadamente 1.512 mts2, a cambio de lo cual esta Municipalidad podrá utilizar gratuitamente las instalaciones de la Sede Social del referido Club por el Término de 10 años corridos en 5 oportunidades por año calendario, 3 de ellos para eventos de la Fiesta Nacional del Surubí, y dos días para otros fines que decida esta Municipalidad.
Que asimismo, el convenio prevé la forma de explotación compartida de la cantina y buffet durante esos cinco días anuales.
Que desde hace varios años dicho tinglado se encuentra sin uso, sometido al deterioro del tiempo, y no se cuenta con un local apropiado para los eventos de la Fiesta Nacional del Surubí, con lo cual en el futuro se contaría con un local apropiado para la máxima fiesta de Goya y en forma gratuita.
Por todo ello:


LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO

ORDENA:

Art. 1 - Dónase de acuerdo al Convenio citado en el artículo 2 de la presente al Centro Social y Deportivo "Juventud Unida" la estructura de hierro (tinglado) de propiedad Municipal existente en el predio contiguo a la Subprefectura Naval Argentina, Delegación Goya, bajo la condición del usufructo por esta Municipalidad de as instalaciones de la Sede Social de dicha institución de acuerdo a lo estipulado en el mencionado convenio.

Art. 2 - Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir el convenio anexo a la presente.

Art. 3 - Comuníquese por Nota de Presidencia a la Comisión Municipal Permanente de Pesca y al Club Social y Deportivo "Juventud Unida".

Art. 4 - Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, dése al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente archívese.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a los 28 días del mes de febrero de mil novecientos ochenta y nueve.

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