PROMULGADA POR EL D.E.M. DE 30 DE MAYO DE 2024
V I S T O:
El expediente N° 3.345/24 del Honorable Concejo Deliberante, que contiene Proyecto de Ordenanza sobre “ACEPTACIÓN DONACIÓN DE INMUEBLE DEL ESTADO DE LA PROVINCIA DE CORRIENTES”. Y; ;
C O N S I D E R A N D O:
Ley N° 6582 del Poder Legislativo de la Provincia de Corrientes.
Que el Estado de la Provincia de Corrientes dono al municipio de la ciudad de Goya, Corrientes, inmuebles cuyo destino exclusivo será para vivienda única y familiar e infraestructura urbana; los que según Duplicado de Mensura y División Nº 2.556 “N” se encuentran ubicados en la Primera Sección Ejidos Norte -“Paraje Rincón de Gómez”- Loteo Norte “Barrio El Molino” Inscriptos en el Registro de la Propiedad Inmueble, al folio Real Matrículas Nº 11.380; 11.381; 11.382; 11.383; 11.384; 11.385; 11.386; 11.387; 11.388; 11.389; 11.390; 11.391; 11.392; 11.393; 11.394; 11.395; 11.396; 11.397; 11.398; 11.399; 11.400; 11.401; 11.402; 11.403; 11.404; 11.405; 11.406; 11.412; 11.413; 11.414 del Departamento Goya I, Corrientes, el 29/12/88 y 05/04/1989.
Que se adjunta copia de la escritura de compraventa N° “34” de fecha 10 de noviembre de 1988, que se otorgara entre el señor Pedro Joaquin Chiappe a favor del Estado de la Provincia de Corrientes.
Que se adjuntó Plano de mensura y División N° 2.556 “N” para la toma de razón.
Por todo ello.
LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO
O R D E N A:
ARTÍCULO 1º: ACEPTESE DÓNACION los inmuebles de propiedad del Estado de la Provincia de Corrientes a favor del municipio de la ciudad de Goya, Corrientes, cuyo destino exclusivo será para vivienda única y familiar e infraestructura urbana; los que según Duplicado de Mensura y División Nº 2.556 “N” se encuentran ubicados en la Primera Sección Ejidos Norte -“Paraje Rincón de Gómez”- Loteo Norte “Barrio El Molino” Inscriptos en el Registro de la Propiedad Inmueble, al folio Real Matrículas Nº 11.380; 11.381; 11.382; 11.383; 11.384; 11.385; 11.386; 11.387; 11.388; 11.389; 11.390; 11.391; 11.392; 11.393; 11.394; 11.395; 11.396; 11.397; 11.398; 11.399; 11.400; 11.401; 11.402; 11.403; 11.404; 11.405; 11.406; 11.412; 11.413; 11.414 del Departamento Goya I, Corrientes, el 29/12/88 y 05/04/1989.
ARTÍCULO 2º: La Escribanía de Gobierno tomará intervención de su competencia.
ARTÍCULO 3: COMUNÍQUESE al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, dése al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente ARCHÍVESE.
Dado en el Salón de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintinueve días del mes de mayo de dos mil veinticuatro.
n.r.